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Ayudas para cargadores VE

La tercera edición del plan Moves incluye una partida presupuestaria destinada a cofinanciar la instalación de cargadores de VE, ya sea para empresas, autónomos, comunidades de propietarios, particulares o la administración.

El objetivo es que para finales de 2023 haya, al menos, 100.000 puntos de carga en España. Para ello se subvencionarán diferentes porcentajes, dependiendo del perfil de los destinatarios, los habitantes del municipio y los kW.

Los autónomos, particulares, comunidades de propietarios y la administración obtendrán una ayuda del 70% del coste. (80% para municipios con menos de 5.000 habitantes)

Grandes empresas que adquieran cargadores de VE para acceso público, con una P ≥50kW alcanzaran el 35% del coste (40% para municipios con menos de 5.000 habitantes)

Medianas empresas que adquieran cargadores de VE para acceso público, con una P ≥50kW serán subvencionadas con el 45% del coste (50% para municipios con menos de 5.000 habitantes)

Pequeñas empresas que adquieran cargadores de VE para acceso público, con una P ≥50kW recibirán el 55% del coste (60% para municipios con menos de 5.000 habitantes)

Por último, empresas que independientemente de su tamaño, implanten puntos de recarga de VE con acceso privado o público y una P <50kW optaran al 30% del coste (40% para municipios con menos de 5.000 habitantes) 

Por ejemplo, si un particular decide instalar un cargador de VE Gewiss GWJ3002A de 423,50€ recibirá una ayuda de 296.43€. Por lo que realmente pagara 127.07€ por el punto de carga. A esto deberán sumarse los gastos de instalación y restar su correspondiente subvención. 

¿Quién puede beneficiarse de la ayuda del Plan MOVES III?

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas: las personas físicas, comunidades de propietarios, personas jurídicas y otras entidades cuyo NIF comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R, o W, así como las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V, las entidades locales y el sector público institucional. 

¿Qué se incluye como coste subvencionable?

Se consideran costes subvencionables el punto de recarga, las protecciones, la legalización de la instalación, la obra civil, los costes de ingeniería y dirección de obra

Requisitos y condiciones

Los requisitos que hay que cumplir son tener domicilio fiscal en España y tener la localización de la residencia habitual o centro de actividad (autónomos y empresas) dentro de la comunidad andaluza.




Tipos de Beneficiario

Ayudas para resoluciones hasta el 31/12/2023

Ayudas para resoluciones desde el 01/01/2024

Localización general

Municipios <5.000 hab.

Localización general

Municipios <5.000 hab.

Particulares, autónomos, comunidades propietarios, administración sin actividad económica

70%

80%

70%

80%

Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso público con potencia≥50kW

35%
 (45% mediana empresa)
(55% pequeña empresa)

40%
(50% mediana empresa)
(60% pequeña empresa)

20%
(40% mediana empresa)
(50% pequeña empresa)

Empresas y entes públicos con actividad ergonómica, recarga acceso privado (cualquier potencia) o de acceso público con potencia <50kW)

30%

40%

20%
(30% pyme)

20%
(40% pyme)

PYMES, que se acojan a minimis en el momento de hacer la solicitud, recarga acceso público y P ≥50kW

No aplica

(45% Mediana empresa)

(55% Pequeña empresa)

 

(50% Mediana empresa)

(60% Pequeña empresa)

 

¿Tengo que cambiar la potencia contratada en mi suministro para instalar el cargador?

No, con el balanceo de cargas se resuelve la potencia que demandará el cargador, eso sí, si queremos tener más capacidad debemos ampliarla teniendo en cuenta la potencia del equipo.

¿Qué es dicho balanceo de cargas?

Algunos cargadores lo tienen incorporado y a otros hay que añadirlo adicionalmente. Es una solución inteligente que permite equilibrar de forma segura el consumo de energía entre el vehículo eléctrico y el resto de los aparatos eléctricos del suministro

¿Es necesario hacer proyecto para la instalación del punto de recarga?

Cuando en exteriores, la potencia del cargador es mayor de 10 kW no es necesario, sin embargo, en interiores cuando la potencia del cargador es mayor a 50 kW sí que es necesario la realización del proyecto.

Para saber más sobre cargadores de VE o cualquier otra forma de energía respetuosa con el medio ambiente suscríbase a nuestro boletín de noticias

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